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Argentina. Se autoriza la apertura anticipada de la temporada de captura de calamar Illex al norte del paralelo 44º 


marzo 24, 2020junio 9, 2020No comments

A instancia de las notas remitidas por la Cámara de Armadores de Poteros Argentinos (CAPA) y del Consejo de Empresas Pesqueras Argentina (CEPA) a la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura de la Nación solicitando la apertura anticipada de la temporada de captura de la especie calamar (Illex Argentinus) al norte del paralelo 44º de latitud Sur, la misma ha sido autorizada a a partir de la hora 0:00 del día 1º de abril de 2020.
Reproducimos textual:
Referencia: APERTURA ANTICIPADA DE CALAMAR 2020 ZONA NORTE RES SAGPYA Nº 973/97
De mi mayor consideración:
Tengo el agrado de dirigirme a Usted con relación a las notas de fecha 16 de marzo del corriente de la Cámara de Armadores de Poteros Argentinos (CAPA) y de fecha 17 de marzo del corriente del Consejo de Empresas Pesqueras Argentina (CEPA), por la cual solicitan al Consejo Federal Pesquero la apertura anticipada de la zona norte para la ñpesca de calamar regulada por la Resolución SAGPyA Nº 973/97.
En tal sentido, expresan que el motivo de la solicitud es la disminución significativa de la actividad de la flota en la zona actualmente autorizada para la pesca de la mencionada especie, destacando como antecedente de lo solicitado la apertura anticipada dispuesta el año pasado por el Consejo Federal Pesquero mediante Acta CFP Nº 8/2019 punto 5.
Oportunamente, a efectos de contar con la información científica necesaria para evaluar la petición, se solicitó al:
INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP) la opinión técnica respecto de la medida solicitada, quien mediante Nota DNI Nº 23/2020 respondió:
“…Considerando el análisis de la información sobre “Distribución, estructura poblacional y patrones migratorios del calamar (Illex argentinus, Ommastrephidae)” oportunamente presentado en el Informe de Asesoramiento y Transferencia INIDEP Nº 69/2016, se informa que en la UM Norte la flota tradicionalmente pesca la Subpoblación Bonaerense-norpatagónica al comienzo de la temporada, estipulada el 1º de mayo en la Resolución SAGPyA
973/97.
Se trata de calamares en madurez incipiente y avanzada, con tallas entre 20 y 35 cm de largo del manto, que se encuentran migrando hacia su área de reproducción sobre el talud continental. En función de esto creemos que sería posible adelantar la apertura al 1º de abril para permitir un mejor aprovechamiento de esta
subpoblación…”.
Al día de la fecha, atento las medidas preventivas implementadas ante la propagación de la pandemia del COVID 19 (Coronavirus) el CONSEJO FEDERAL PESQUERO está imposibilitado de reunirse y ha suspendido las sesiones.
Para casos como el presente, el artículo 6º del Decreto 748/99 reglamentario de la Ley Federal de Pesca Nº 24.922, establece “…Cuando existieran razones de urgencia y el CONSEJO FEDERAL PESQUERO no pudiere reunirse
para tratar asuntos de su competencia, la autoridad de Aplicación podrá dictar las medidas que fueran necesarias,
tales medidas deberán ser comunicadas al Consejo Federal Pesquero dentro de los cinco días corridos posteriores a su dictado, convocándolo a reunirse para su ratificación…”
Atento ello, en uso de las facultades conferidas en artículo 6º del Decreto 748/99 reglamentario de la Ley Federal de Pesca Nº 24.922, esta Subsecretaría de Pesca y Acuicultura dispone la apertura anticipada de la temporada de
captura de la especie calamar (Illex Argentinus) al norte del paralelo 44º de latitud Sur, a partir de la hora 0:00 del día 1º de abril de 2020.
Por todo lo expuesto, se remite la presente a efectos que se proceda a la notificación e instrumentación de la medida dispuesta y oportunamente se remitan las actuaciones a efectos de su ratificación por el Consejo Federal Pesquero.
Carlos Liberman
Subsecretario de Pesca y Acuicultura
Redacción Pescaconciencia

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