Derogaron la Disposición 299/07. A partir del 14 de diciembre, mediante la Plataforma de Trámites a Distancia, las empresas deben aportar datos de descarga, procesamiento en tierra y tripulación argentina para verificar los compromisos asumidos por las empresas armadoras.
A partir del 14 de diciembre próximo entrarán en vigencia nuevas medidas referidas a la flota potera argentina que pesca calamar. Con el objetivo de lograr la simplificación de trámites y el fortalecimiento del dispositivo de control y fiscalización, la Subsecretaría de Pesca puso en vigencia la Disposición 1/22.
La nueva norma modifica las medidas para comprobar el cumplimiento de compromisos asumidos por las empresas armadoras en sus proyectos pesqueros para la explotación de la especie calamar.
Por un lado, con una anticipación no menor a 48 horas previas a la finalización de la marea, cuya captura sea destinada a ser procesada en tierra, la empresa armadora deberá solicitar mediante la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) la confección de “Acta de Comprobación de envío a planta de procesamiento”.
“Los volúmenes capturados que no figuren en el acta o que no se especifique el establecimiento donde serán almacenados y/o procesados, no serán tenidos en cuenta para los cumplimientos del compromiso de descarga y procesamiento en tierra”, reveló la Subsecretaría a través de un comunicado
A partir de la nueva disposición, asimismo, las empresas que registren en sus proyectos pesqueros una planta de procesamiento en tierra y eventualmente no puedan continuar haciéndolo en dicho lugar, deberán solicitar a la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera mediante el (TAD) el cambio de establecimiento, el cual deberá cumplimentar con todas las exigencias normativas. La autoridad de Aplicación, en un plazo no mayor a diez días, notificará la aprobación o denegación de la solicitud.
Del mismo modo, las empresas permisionarias deberán informar con 72 horas de anticipación a la fecha de cada procesamiento a realizar, el día, el horario y el establecimiento oficial donde se llevará a cabo el mismo.
El artículo 10 de la nueva Disposición contempla que la empresa armadora deberá notificar inmediatamente mediante el TAD a la Dirección Nacional en el caso de que una o un tripulante de nacionalidad argentina deba desembarcar, adjuntando la exposición de las circunstancias realizada frente a la Prefectura Naval Argentina. La empresa armadora deberá priorizar el embarque en el reemplazo a un/a tripulante argentino/a.
Las nuevas medidas fueron anunciadas luego de una reunión mantenida en las últimas horas por el Subsecretario de Pesca, el Director Nacional y referentes del sector potero como Juan Redini, Darío Sócrate y Mauro Zamboni.
Liberman reconoció que las medidas que se toman son para preservar y fomentar el trabajo argentino. “En 2020 determinamos dejar sin efecto el cómputo de las ventas de calamar sin procesamiento al mercado interno y desde ese momento, los permisionarios deben dar efectivo cumplimiento al agregado de valor en origen para cumplimentar sus compromisos”.
Luego remarcó que el año pasado “establecimos que las empresas armadoras que renueven sus permisos para la captura de la Calamar Illex, deberán cumplimentar un piso mínimo del 20% de procesamiento en tierra en función del total de la captura anual”, y ahora reemplazan una norma que fue elaborada hace quince años.
En ese sentido el Subsecretario de Pesca afirmó que “entendimos que era necesario dar lugar a esta innovación jurídica debido a los avances tecnológicos que hemos implementado en nuestra gestión, como son los TAD específicos y también las acciones llevadas a cabo en torno al control y la fiscalización en la materia.”
En la misma línea, el Director Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera consideró que “la pesquería de calamar se ha consolidado en el tiempo, por su volumen, capacidad de exportación y valor internacional, en una de las más trascendentes de nuestro país. A partir del año 2021, hemos implementado un dispositivo de control y fiscalización en las plantas de procesamiento para verificar el efectivo cumplimiento de los compromisos asumidos por los administrados.”
Mediante la Resolución SAGyP 149/2021 se creó la “Unidad de Seguimientos Especiales Pesqueros”, el cual reporta a la Dirección de Control y Fiscalización. La mencionada Unidad tiene a su cargo la misión de realizar el seguimiento técnico y administrativo del cumplimiento de los compromisos de Descarga, Procesamiento y Tripulación Argentina.
Cuando se conocen estas nuevas medidas y se subraya la creación de las nuevas unidades de control, sigue siendo un misterio el grado de cumplimiento de las empresas armadoras con compromiso de reprocesar parte de su captura en tierra de la zafra 2021 y los sumarios y sanciones que se aplicaron a los infractores de la zafra 2020.