La Prefectura Naval Argentina (PNA) expuso ante la Cámara de Diputados un cambio en la fiscalización pesquera: la evidencia electrónica permite sostener procedimientos sancionatorios aun cuando la embarcación extranjera eluda la captura física. El seguimiento de sus movimientos, el análisis técnico y la conservación de los registros amplían la capacidad del Estado para actuar ante incursiones pesqueras dentro de la Zona Económica Exclusiva Argentina.

El prefecto general Néstor Alberto Kiferling, director de Tráfico Marítimo, Fluvial y Lacustre, explicó el funcionamiento de ese esquema y la labor del equipo que convierte información de navegación en antecedentes para las actuaciones administrativas. Durante la presentación, la fuerza informó cinco detecciones electrónicas entre 2024 y 2026 vinculadas con multas por más de $4.853 millones.

La reunión informativa se realizó el martes 13 de octubre en la Comisión de Intereses Marítimos, Fluviales, Pesqueros y Portuarios, presidida por César Treffinger. También expuso el prefecto general José Fernando Dos Santos, director de Policía de Seguridad de la Navegación y de Protección Ambiental.

El trabajo que convierte una trayectoria en evidencia

El centro del procedimiento es establecer qué hizo una embarcación en un lugar y durante un período determinados. Mediante el Sistema Guardacostas, Prefectura reúne información sobre los buques y analiza velocidades, trayectorias y cambios de rumbo para identificar conductas compatibles con operaciones de pesca dentro de la Zona Económica Exclusiva Argentina (ZEEA).

La plataforma integra fuentes de posicionamiento y sensores con imágenes satelitales. Las imágenes de radar proporcionadas por la Comisión Nacional de Actividades Espaciales (CONAE) permiten localizar embarcaciones independientemente de las señales que transmiten sus equipos de a bordo. Esa capacidad contribuye al seguimiento de buques que interrumpen la emisión de su Sistema de Identificación Automática, conocido como AIS.

El aporte del personal de Tráfico Marítimo consiste en interpretar esos registros y documentar los hechos con precisión suficiente para su evaluación administrativa. El procedimiento desarrollado por Prefectura comprende el análisis de patrones de navegación y la incorporación y custodia de pruebas de distintas fuentes. Los patrullajes de guardacostas y aeronaves complementan esa vigilancia.

La línea de trabajo expuesta por Kiferling conecta así el monitoreo con la aplicación de la normativa pesquera. Cada detección debe producir antecedentes que permitan examinar la ubicación del buque y la conducta observada, con trazabilidad de la información utilizada.

En ese proceso, el funcionario destacó la coordinación, predisposición y el trabajo con la Subsecretaría de Recursos Acuáticos y Pesca de la Nación, en especial el acompañamiento de su titular, Juan Antonio López Cazorla. La articulación entre ambos organismos permite dar continuidad a los casos desde su identificación hasta la intervención de la autoridad pesquera.

Parámetros para identificar la actividad pesquera

La Disposición SSRAyP Nro.20/2026 estableció criterios específicos para detectar operaciones de pesqueros extranjeros dentro de la ZEEA. El supuesto general combina una velocidad inferior a seis nudos con trayectorias, cambios de rumbo o patrones de desplazamiento compatibles con maniobras habituales de pesca.

Para los poteros extranjeros, la norma contempla un parámetro particular: una velocidad igual o inferior a dos nudos durante al menos treinta minutos continuos, salvo causa justificada.

La disposición asigna a Prefectura la detección, constatación y reporte de esos eventos mediante el Sistema Guardacostas. La autoridad pesquera realiza la evaluación técnica preliminar y determina las actuaciones correspondientes. Los responsables de la embarcación pueden aportar bitácoras, registros de navegación, reportes meteorológicos o documentación sobre averías y emergencias para justificar los movimientos detectados.

La ubicación dentro de la ZEEA y las condiciones establecidas para cada supuesto delimitan el alcance de la intervención. Ese encuadre permite distinguir una operación pesquera del ejercicio de la libre navegación.

Los resultados presentados en Diputados

Según los datos consignados en la exposición, las cinco detecciones electrónicas informadas para 2024-2026 estuvieron vinculadas con multas por $4.853.976.440. Las autoridades también señalaron que, entre 1985 y 2020, Prefectura capturó físicamente 80 buques extranjeros. Las cifras describen períodos y modalidades de actuación diferentes: las capturas documentan la intervención directa sobre las embarcaciones, mientras que las detecciones electrónicas muestran la incorporación de otra vía para sustentar procedimientos por infracciones pesqueras.

El alcance de la prueba electrónica cuenta con antecedentes oficiales. El 30 de marzo de 2026, Prefectura informó que la evidencia reunida sobre el pesquero Bao Feng, de bandera de Vanuatu, permitió instruir un sumario en ausencia y aplicar una multa superior a $1.262 millones. El buque había sido identificado el 10 de enero realizando tareas de arrastre dentro de la ZEEA.

Durante la presentación parlamentaria, Kiferling atribuyó además un efecto disuasorio a la presión de fiscalización. Según explicó, parte de la flota china comenzó a operar entre una milla y una milla y media más hacia el exterior del límite de la ZEEA, para reducir su exposición a infracciones. La crónica oficial de Diputados recogió esa observación del funcionario.

Arrastreros: una exigencia de vigilancia durante todo el año

La exposición situó esos avances frente a una modificación del escenario operativo en el Atlántico Sur. Según los datos presentados, la presencia de arrastreros extranjeros en aguas próximas a las 200 millas aumentó un 70% desde 2020.

Kiferling destacó una diferencia que incide sobre la organización del control: mientras la concentración de poteros responde principalmente a la temporada de calamar, los arrastreros mantienen su actividad en la zona durante los doce meses. Esa permanencia exige sostener la identificación y el seguimiento de la flota a lo largo del año.

El indicador refiere al crecimiento de la presencia de arrastreros. La determinación de una infracción requiere examinar la posición y la actividad de cada embarcación conforme al régimen aplicable. En ese marco, el monitoreo próximo al límite permite detectar incursiones y reconstruir las maniobras desarrolladas dentro de la jurisdicción pesquera argentina.

Para el equipo que conduce Kiferling, esa continuidad operativa concentra el desafío; seguir embarcaciones que permanecen junto al límite, identificar los episodios relevantes y conservar las pruebas. El resultado del control se concreta cuando esos registros permiten determinar responsabilidades por la extracción ilegal de recursos pesqueros argentinos.