Las partes acuerdan elevar el salario básico de la categoría marinero de planta a partir del 1 de abril de 2024, a la suma de $310.000, a partir del 1 de mayo a la suma de $330.000 y a partir del 1 de junio a la suma de $350.000, aplicable ello a la totalidad del personal de marinería y maestranza bajo convenio. Tales valores, sobre la categoría marinero de planta, se aplicarán a escala sobre las restantes categorías profesionales: y asimismo dicho incremento impactará conforme todos los rubros convencionales, salarios de francos, órdenes, guardia en puerto y concordantes con cada uno de los CCT.
La suma de $26.500, $46.500 y $66.500, en los meses de abril, mayo y junio del año en curso, respectivamente, serán liquidadas con carácter no remunerativo sin alterar lo expresado ni su incidencia en la escala convencional, tal carácter cesará al 1 de julio de 2024.
En tanto, sobre el adicional denominado ‘plus de bodega’ será incrementado en su cuantía conforme los siguientes valores: $920 por tonelada para todas las categorías profesionales en buques congeladores tangoneros y centolleros; $700 por tonelada para todas las categorías profesionales en buques congeladores merluceros de hasta 700 toneladas de bodega: $540 por tonelada para todas las categorías profesionales en buques congeladores merluceros de más de 700 toneladas de bodega y de $420 por tonelada para todas las categorías en buques congeladores que explotan la especie merluza negra bajo convenio CAPECA-SOMU hasta 700 toneladas de bodega y $290 para los buques que superen las 700 toneladas de bodega. Respecto del ‘sueldo proporcional por producción’, las partes convienen que conforme los valores de referencia, sin cambio alguno y se liquidará manteniéndose la fórmula de la liquidación transitoria y extraordinaria del 30%, como ni remunerativa, durante la vigencia del actual acuerdo.